Publicado El: Mie, dic 24th, 2008

Subvenciones para realizar actividades conmemorativas, de …

Orden IRP/551/2008, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para realizar actividades conmemorativas, de investigación y de difusión de la memoria histórica, y se abre la convocatoria pública para presentar solicitudes para obtener estas subvenciones para el año 2009 (DOGC de 23 de diciembre de 2008). Texto completo.Subvenciones para realizar actividades conmemorativas, de investigación y de difusión de la memoria histórica

Orden IRP/551/2008, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para realizar actividades conmemorativas, de investigación y de difusión de la memoria histórica, y se abre la convocatoria pública para presentar solicitudes para obtener estas subvenciones para el año 2009 (DOGC de 23 de diciembre de 2008). Texto completo.

ORDEN IRP/551/2008, DE 17 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA REALIZAR ACTIVIDADES CONMEMORATIVAS, DE INVESTIGACIÓN Y DE DIFUSIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA, Y SE ABRE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA PRESENTAR SOLICITUDES PARA OBTENER ESTAS SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2009.

En el año 2006 tuvo lugar la aprobación del Estatuto de autonomía de Cataluña, cuyo artículo 54.1 establece que la Generalidad y los demás poderes públicos de Cataluña tienen que velar por el conocimiento y mantenimiento de la memoria histórica de Cataluña como patrimonio colectivo que testimonia la resistencia y la lucha por los derechos y las libertades democráticas. Con esta finalidad, se tienen que adoptar las iniciativas institucionales necesarias para el reconocimiento y rehabilitación de todos los ciudadanos que han sufrido persecución como consecuencia de la defensa de la democracia y el autogobierno de Cataluña.

La aprobación por el Parlamento de Cataluña de la Ley 13/2007 Vínculo a legislación, de 31 de octubre, del Memorial Democrático, conlleva que la Generalidad dispone ahora de un instrumento para llevar a cabo políticas públicas destinadas recuperar la memoria de las víctimas de la Guerra Civil y de las personas, organizaciones e instituciones que hicieron frente a la represión política, social, cultural y nacional de un régimen ignominioso. La creación del Memorial Democrático es un paso adelante fundamental para avanzar hacia el objetivo de recuperar, conservar y proclamar la memoria democrática como patrimonio colectivo y, por tanto, fomentar sus valores, en los cuales se basa la convivencia democrática de la sociedad catalana actual.

En este contexto, las presentes bases dan continuidad a las convocatorias de subvenciones que desde el año 2005 se han llevado a cabo para prestar apoyo a proyectos de restitución de la memoria histórica de la lucha por la democracia y de sus procesos en la sociedad catalana. Los resultados obtenidos en las convocatorias anteriores han hecho patentes la conveniencia de continuar con el apoyo a los proyectos dirigidos a restituir la memoria democrática y, más todavía, con la aprobación de la Ley del Memorial Democrático Vínculo a legislación, que nos empuja a incidir en los objetivos genéricos de la conmemoración, investigación y difusión.

De conformidad con lo que se expone en el preámbulo de la Ley, la tarea de recuperación memorial tiene que ser entendida como la conmemoración de la lucha por las libertades, pero también como una oportunidad de investigar la historia colectiva y, finalmente, como una vía para difundir entre las generaciones presentes y futuras el respeto por los derechos humanos y el conocimiento de los cimientos del sistema de libertades de que disfruta a la sociedad.

La política pública memorial se tiene que centrar en la restitución de la memoria histórica de los años comprendidos entre 1931 y 1980, es decir, desde la proclamación de la Segunda República hasta el primer gobierno elegido democráticamente en Cataluña desde el fin de la Guerra Civil, y tiene que reflejar la pluralidad de memorias conformadas por las diversas tradiciones democráticas desde diferentes perspectivas: ideológicas, de conciencia, sociales, culturales, lingüísticas, nacionales, de género y de orientación sexual, entre otros.

Visto que este año se produce el septuagésimo aniversario del exilio republicano, iniciado en el año 1939, en esta convocatoria tienen una consideración especial las propuestas que tengan por objeto la recuperación de la memoria de este fenómeno histórico contemporáneo.

Consiguientemente, visto que la redacción de estas nuevas bases reguladoras de las subvenciones para actividades conmemorativas, de investigación y difusión, se sitúa en el nuevo marco legal de fomento de las políticas públicas de la memoria democrática que recojan los aspectos mencionados;

Visto el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003 Vínculo a legislación, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

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